El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con un saldo de 316 votos a favor, 123 en contra y cero abstenciones, el dictamen a la iniciativa presidencial que establece la creación y el marco regulatorio de la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas. Este nuevo organismo tiene la instrucción de quedar formalmente instalado y en funciones antes de que comience de manera oficial el proceso electoral federal del año 2027.
La reforma modifica directamente el artículo 42 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y añade un apartado específico para detallar la operación de esta herramienta de control. El propósito central es que los partidos políticos y los aspirantes a candidaturas independientes envíen de manera voluntaria sus listas de perfiles para que se elabore un análisis de riesgo integral en materia de seguridad, procuración de justicia e inteligencia financiera previa a su registro legal ante el árbitro electoral.
De acuerdo con el documento aprobado, la información recabada por la comisión se manejará bajo un régimen de estricta confidencialidad. Los datos serán turnados a instituciones técnicas del Estado como la Fiscalía General de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, la Unidad de Inteligencia Financiera y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Estas instancias aplicarán criterios y metodologías específicas para dictaminar si existe o no un riesgo razonable de vinculación con actividades delictivas en las propuestas analizadas.
Los partidos políticos tendrán la responsabilidad de estructurar métodos internos para que sus aspirantes firmen una carta de conformidad y acepten formalmente que sus perfiles sean sometidos a estas revisiones. Una vez que las agencias federales de seguridad y finanzas envíen las notificaciones de riesgo sin revelar detalles específicos del expediente para resguardar el debido proceso, las dirigencias partidistas decidirán de manera autónoma si proceden o frenan el registro definitivo de sus abanderados.
El texto legal estipula que la detección de un riesgo electoral no frenará las atribuciones de persecución del delito por parte del Estado mexicano. Si los filtros de inteligencia detectan indicios relevantes, las dependencias competentes iniciarán o darán continuidad a las carpetas de investigación penal correspondientes de manera paralela e independiente a las decisiones políticas y partidistas.
Respecto a la conformación de este nuevo aparato, se definió que estará compuesto de manera interna por cinco consejeras o consejeros electorales, quienes ejercerán sus puestos por un periodo de tres años y rotarán la presidencia del organismo cada doce meses. Las erogaciones económicas que demande la puesta en marcha de esta comisión se absorberán por completo mediante el presupuesto ya asignado al Instituto Nacional Electoral, por lo que el decreto prohíbe explícitamente la entrega de recursos financieros adicionales para este fin en el ejercicio actual o en años posteriores.
