Ciudad de México.— El Pleno de la Cámara de Diputados conoció, para trámite de declaratoria de publicidad, el dictamen a la minuta que reforma y adiciona la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). La propuesta deriva de una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum y fue elaborada por las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público.
El dictamen ajusta el régimen transitorio: los asuntos en curso, al entrar en vigor el decreto, seguirán tramitándose conforme a las reglas vigentes al momento de su inicio, y no con las nuevas disposiciones. El objetivo central es modernizar y armonizar procedimientos para un acceso a la justicia más rápido, transparente y con mayor certeza jurídica.
Entre los cambios a la Ley de Amparo destacan:
- Digitalización del juicio: se habilita la presentación electrónica de promociones, firma electrónica y notificaciones digitales. Las autoridades deberán contar con usuario en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial. Para las personas quejosas, el uso de medios electrónicos no será obligatorio.
- Interés legítimo (art. 5): se precisa su definición para delimitar quiénes pueden promover el amparo y evitar su uso indiscriminado.
- Garantías (art. 7): se amplía el listado de entes exentos de presentar garantías, incluyendo empresas del Estado e instituciones de crédito, para agilizar procedimientos.
- Notificaciones y expediente electrónico (arts. 25, 26, 27, 28 y 30): se estandariza la vía electrónica y se consolida el expediente digital.
- Recusaciones y ampliaciones (arts. 59, 60 y 111): se clarifica y limita su uso para evitar tácticas dilatorias.
- Suspensión del acto reclamado (arts. 128, 129, 135, 137, 138, 146, 148, 166 y 168): se establecen parámetros más claros sobre el otorgamiento de medidas cautelares y supuestos de improcedencia, con la finalidad de dar certeza a las personas quejosas y uniformar criterios.
En materia fiscal y administrativa:
- Código Fiscal de la Federación: se agregan supuestos de improcedencia del recurso de revocación cuando los créditos fiscales provengan de resoluciones firmes, a fin de evitar demoras y abuso de medios de defensa.
- Ley Orgánica del TFJA: se excluye de su competencia el conocimiento de resoluciones que exijan el pago de créditos fiscales determinados en liquidaciones firmes y de actos sobre prescripción relativos a esos créditos, para armonizar con el CFF y cerrar espacios a litigios dilatorios.
De acuerdo con el dictamen, las reformas buscan reducir el “doble manejo” de formatos físicos y electrónicos, mejorar la comunicación procesal, fortalecer la certeza jurídica de las partes y acelerar la resolución de controversias, especialmente en materia fiscal. El documento continuará su ruta legislativa tras la declaratoria de publicidad.