El Senado de la República emitió la convocatoria y el procedimiento para el nombramiento de consejeras y consejeros honoríficos del Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
La convocatoria está dirigida a organizaciones de familiares, organizaciones defensoras de derechos humanos, grupos organizados de víctimas, asociaciones civiles, organizaciones sociales, instituciones académicas, colegios profesionales y activistas, que promueven y defienden la protección, observancia, estudio y divulgación de los derechos humanos.
Así como a expertos en la materia y a la sociedad en general, que propongan a ciudadanas y ciudadanos mexicanos para integrar el Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Será por medio del mecanismo electrónico donde se registrarán los aspirantes, disponible en la página del Senado www.senado.gob.mx, a partir de las 08:00 horas del día lunes 21 de julio y hasta las 17:00 horas (tiempo del Centro de México) del viernes 25 de julio del presente año, siendo tal mecanismo el único medio reconocido por el Senado de la República para tal efecto.
Las comisiones unidas de Gobernación y Derechos Humanos del Senado serán encargadas de recibir las propuestas de los aspirantes a integrar el Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Las comisiones unidas de Gobernación y Derechos Humanos del Senado serán encargadas de recibir las propuestas de los aspirantes a integrar el Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Las y los interesados en participar deberán presentar al registrarse, en versión PDF y con un tamaño máximo de 20 Mb, su currículum vitae; carta firmada por la candidata o candidato en donde manifieste su voluntad expresa de participar en el proceso de selección; carta de idoneidad para el cargo; copia simple de identificación oficial; copia simple del acta de nacimiento.
Además de un escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no haber sido sancionada/sancionado en algún proceso administrativo o penal, por violaciones a derechos humanos; y no haber sido miembro, adherente o afiliado a algún partido político, durante los cuatro años anteriores a la fecha de la emisión de la convocatoria.
La convocatoria establece, entre otros puntos, que ante la falta de un documento referido o fuera de tiempo, se tendrá por no presentada la solicitud, por lo que las personas que aspiren al cargo se someterán al procedimiento de designación siguiendo las instrucciones correspondientes, iniciar, seguir y en su caso, concluir el registro electrónico necesario, además de cumplir los requisitos exigidos.
Con la finalidad de garantizar la transparencia del proceso de selección y la debida protección a los datos personales, las comisiones de Gobernación y de Derechos Humanos emitirán las versiones públicas de la documentación de cada uno de las y los candidatos para su publicación, siguiendo las disposiciones normativas aplicables.
Las juntas directivas de las comisiones unidas de Gobernación y de Derechos Humanos acordarán el formato y la metodología para la evaluación de las y los candidatos, a más tardar el miércoles 30 de julio de 2025, y podrán solicitar en cualquier momento la presentación de la documentación original a las y los candidatos.
El viernes 15 de agosto, las comisiones remitirán a la Junta de Coordinación Política el dictamen que contenga el listado de las y los candidatos que, cumpliendo con los requisitos, se considere que reúnen condiciones de elegibilidad para integrar el Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, a efecto de que se publique en la Gaceta Parlamentaria del Senado, listado que no será vinculante en la decisión que tome este órgano de gobierno.
La Junta de Coordinación Política, una vez recibido el listado, elaborará y remitirá a la Mesa Directiva el acuerdo que contenga la propuesta de designación de las y los integrantes del Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, a efecto de que se someta a la aprobación del Pleno de la Cámara de Senadores.
El nombramiento de las personas integrantes del Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas se hará por votación nominal para obtener la aprobación de la mayoría absoluta de las y los senadores presentes en la sesión, en apego al artículo 243 del Reglamento del Senado de la República. En caso de que las candidatas y/o los candidatos no obtengan el voto aprobatorio, se realizará una segunda votación.
De no alcanzarse la mayoría, por segunda ocasión, la Junta de Coordinación Política presentará una nueva propuesta en sesión ordinaria posterior. Las personas que resulten designadas consejeras o consejeros rendirán la protesta de ley ante el Pleno.
El Consejo Ciudadano estará integrado por cinco familiares; cuatro especialistas de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas o en la investigación y persecución de los delitos previstos en esta Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares; uno de los especialistas será en materia forense, y cuatro representantes de organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos.
Las y los integrantes del Consejo ejercerán su función de forma honorífica y no deben recibir emolumento o contraprestación económica alguna por su desempeño.