Padres de familia de la escuela primaria matutina José Vasconcelos denunciaron a los directivos de dicho instituto ya que, para la inscripción al nuevo ciclo escolar, han solicitado actas de nacimiento recientes, advirtiendo a los tutores que no recibirán documentos de años anteriores, lo que contraviene lo establecido por la normativa vigente.
De acuerdo con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como con lineamientos de la Secretaría de Educación Pública (SEP), las actas de nacimiento no pierden vigencia, por lo que no es legal exigir versiones actualizadas para realizar trámites escolares. Esta práctica ha generado inconformidad entre los padres, quienes consideran que se les impone un gasto innecesario y fuera de la ley.
Los inconformes aseguran que en el transcurso de la semana, personal de la dirección de la escuela ubicada en el fraccionamiento El Rosario en San Sebastián Tutla comenzaron a circular los requisitos para las inscripciones de alumnos de primero a sexto grado para el ciclo escolar 2025-2026.
El primer requisito son copias del acta de nacimiento recientes, del año 2024 o 2025, lo que representa un gasto para los padres que además de invertir en el pago de la cuota de inscripción, lo harán para comprar uniformes y útiles escolares.
“Esto representa un gasto innecesario, no hay que permitirlo, debemos denunciar esta situación porque quieren hacer gastar a los padres sobre este documento que está vigente y que además lo regresan al final del ciclo, porque ni siquiera lo ocupan para un trámite”, aseguró una madre de familia que solicitó el anonimato ante el temor de que se tomen represalias contra su hijo.
De acuerdo con la normativa, tanto a nivel federal como en el estado de Oaxaca, las actas de nacimiento tienen vigencia permanente y pueden utilizarse sin restricciones temporales para efectos escolares, siempre que estén en buen estado y sean legibles.
A nivel federal se ha discutido la reforma al artículo 4º de la Constitución para establecer expresamente que el acta de registro de nacimiento tiene vigencia permanente y sólo pierde validez cuando esté ilegible o presente alteraciones visibles.
Adicionalmente, el Código Civil Federal reconoce que las actas del Registro Civil tienen plena validez como prueba legal, sin caducidad programada.
En tanto, en Oaxaca, el Artículo 66 Bis del Código Civil del Estado, incorporado en mayo de 2019, establece que las actas de nacimiento y sus copias certificadas “no estarán sujetas a plazo de caducidad y los datos “se presumirán actualizados”, siempre que el documento esté en buen estado, sin tachaduras, borraduras o enmiendas, y legible.
Así mismo, el Congreso del Estado reformó el código para que las instituciones estatales y educativas se abstengan de exigir actas actualizadas, ya que la vigencia es permanente.