La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió la Recomendación 10/2025 dirigida a integrantes del cabildo municipal del H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino por violaciones a los derechos humanos a la propiedad, legalidad y seguridad jurídica en agravio de seis personas, entre ellas personas mayores.
El expediente se originó a partir de una que recibida el 13 de agosto del 2022, en la cual los agraviados señalaron que, por razones de seguridad, decidieron colocar portones en los accesos a sus viviendas dentro de los cuatro metros previamente donados para andador peatona, con el acuerdo de la autoridad municipal y vecinos colindantes. Sin embargo, al encontrarse en espera de la autorización formal, las estructuras fueron retiradas sin previo aviso por personas ajenas a sus domicilios, cargadas en vehículos oficiales del Ayuntamiento, vulnerado así sus derechos.
Tras la investigación y el análisis de las pruebas recabadas, la Defensoría determinó que el Ayuntamiento incumplió con los requerimientos legales, sin que los hechos implicaran riesgos a la vida o integridad física, psicológica o sexual. Por ello, agotó la vía conciliatoria prevista, sin obtener respuesta de la autoridad municipal, lo que derivó en la emisión de esta Recomendación.
Al no presentar el informe solicitado ni desvirtuar los señalamientos, se presume la certeza de los hechos, sumada a las evidencias aportadas por los agraviados, motivando así las acciones recomendatorias, por tanto esta Defensoría solicita al Presidente Municipal Constitucional de Santa Lucía del Camino instruya al personal necesario para que se lleven a cabo mesas de trabajo con la participación de las personas agraviadas y los vecinos colindantes para realizar acuerdos y acciones que las y los beneficien, así como hacer la devolución de los objetos que les fueron decomisados el día del incidente, y de no contar con ellos regresar el valor de los mismos.
En este orden, la DDHPO requiere que se realice un acto de reconocimiento público o privado de responsabilidad en favor de las personas agraviadas, según lo determine la autoridad, asimismo se inicie con una investigación administrativa que aclaren los hechos descritos en la presente Recomendación.
Finalmente, la DDHPO subraya que estas recomendaciones no buscan desacreditar a las instituciones ni representar un agravio a sus titulares; por el contrario, constituyen instrumentos indispensables para el fortalecimiento del Estado de Derecho, donde la dignidad y los derechos humanos sean plenamente garantizados.