La diputada local Hilda Graciela Pérez Luis, aseguró que es una obligación de los Servicios de Salud de Oaxaca garantizar la aplicación de recién reformada ley relacionada con el aborto.
Con motivo de las declaraciones recientes del Secretario Donato Casas Escamilla, donde asegura que no se cuenta con la infraestructura ni el personal médico especializado para realizar abortos hasta las 12 semanas de gestación, la diputada dijo que existe omisión de la dependencia respecto a la Norma Oficial Mexicana o046.
“En esa norme inclusive se habla del protocolo de atención que deben de tener para una mujer que es víctima de violencia, y viene incluso la interrupción legal del embarazo en caso de violación, ahora bien, creo que es del desconocimiento que hoy en día también se puede hacer por medicamentos”, afirmó.
La diputada de Morena destacó que decir que se tiene que equipar consultorios y hospitales, es cierto que se requiere para prácticas más quirúrgicas, pero el reto más importante es que médicos, doctoras y enfermeras entiendan que se habla de un derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo.
Insistió que el Secretario Donato Casas no puede ni debe escudarse en decir que no hay infraestructura ni médicos especializados o capacitados cuando desde 2005 existe la norma 046 que no se ha aplicado por omisión.
Cabe señalar que la NOM-046-SSA2-2005 sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres publicada en el diario oficial de la federación establece que:
Las instituciones prestadoras de servicios de atención médica, deben ofrecer de inmediato y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el evento (violación), la anticoncepción de emergencia, dando previamente la información completa sobre la utilización de este método, a fin de que la mujer tome una decisión libre e informada.
En caso de embarazo por violación, las instituciones de salud deben prestar el servicio de interrupción voluntaria del embarazo. Para ello, y de acuerdo a la NOM-046-SSA2-2005, sólo es necesario presentar una solicitud por parte de la usuaria mayor de 12 años de edad, en donde, bajo protesta de decir verdad, manifieste que dicho embarazo es producto de violación sexual. En caso de que la usuaria sea menor de 12 años, la solicitud debe ser presentada por el padre, madre o tutor(a).
Con el consentimiento de la usuaria y siempre que sea posible, se deberán registrar las evidencias médicas de la violación y se le informará que tiene derecho a denunciar.
Existe la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y centros de apoyo disponibles, así como instituciones públicas, sociales o privadas, a las que puede acudir a recibir otros servicios.