La sentencia fue emitida por la jueza Raquel Ivette Duarte, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México. En el fallo, fechado inicialmente en noviembre pero notificado este 24 de diciembre, se determinó que las pruebas presentadas por la extinta Procuraduría General de la República (PGR) eran insuficientes para acreditar la responsabilidad plena de Arizmendi en un caso de privación ilegal de la libertad en modalidad de secuestro.
La juzgadora reconoció elementos como el testimonio de un padre de familia que identificó a Arizmendi por entrevistas televisivas en 1998, pero concluyó que no existía imputación directa ni indiciaria suficiente. Por ello, absolvió al sentenciado de secuestro y solo lo encontró responsable de violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, imponiendo ocho años de prisión y una multa de 13,225 pesos.
Dado que Arizmendi López lleva 27 años recluido desde su captura en 1998, la pena se declaró compurgada, ordenando su ‘absoluta e inmediata libertad’ únicamente por esta causa penal. Sin embargo, permanece en el Centro Federal de Reinserción Social 14 en Durango por otras condenas acumuladas que superan los 250-400 años por diversos secuestros y delitos relacionados.
Daniel Arizmendi López, de 67 años, se convirtió en uno de los secuestradores más notorios de México en los años 90 por su práctica de mutilar orejas o dedos a víctimas para presionar rescates. Su caso generó impacto nacional tras su detención, y acumuló sentencias históricas por múltiples plagios.
La resolución se basa en principios como la presunción de inocencia y el debido proceso, aunque no implica su excarcelación total. Medios como Milenio, Infobae, El Financiero y ADN40 reportaron el fallo, destacando que no saldrá libre pese a la absolución parcial.
Este episodio revive debates sobre impunidad en casos antiguos y la solidez de investigaciones de décadas pasadas, en un día simbólico como Navidad que coincide con la notificación de la sentencia.








