En el seguimiento a la ejecución de la sentencia que ordena el rescate de los ríos Atoyac y Salado, Emmanuel Hernández Alva, juez Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca, por acuerdo de 23 de febrero de 2026, emitido en el expediente 621/2016, reconoció que no ha construido un instrumento técnico integral para organizar y dirigir el cumplimiento del fallo, condenó la organización Litigio Estratégico Indígena.
“Dicho en términos claros: no existe un plan formal que establezca qué acciones concretas deben realizarse, en qué plazos, con qué presupuesto, qué autoridades son responsables y cómo se va a medir si realmente se está cumpliendo la sentencia”, criticó el organismo de la sociedad civil que encabeza Carlos Morales Sánchez.
De acuerdo con Litigio Estratégico, un instrumento técnico de ejecución en un caso ambiental de esta magnitud debería contemplar metas específicas y medibles, un cronograma con fechas definidas, asignación presupuestal clara, indicadores verificables de avance y mecanismos de seguimiento judicial.
“Sin estos elementos, la sentencia —aunque es obligatoria— carece de una hoja de ruta que permita supervisar su cumplimiento de manera ordenada y transparente”, reiteró.
En ese sentido, indicó que la ausencia de esta estructura dificulta determinar si las autoridades están cumpliendo cabalmente, si el avance es parcial o si los informes presentados carecen de resultados concretos. En casos estructurales como el rescate de dos ríos altamente contaminados, la ejecución requiere coordinación interinstitucional, planeación técnica y seguimiento constante.
“El propio juzgador ha señalado que no puede crear procedimientos especiales más allá de lo previsto en la Ley de Amparo. No obstante, el reconocimiento de que no existe una guía técnica para conducir la ejecución coloca en el centro del debate la eficacia real de la sentencia y la capacidad institucional para traducir una resolución judicial en acciones verificables en el territorio:.









