Esto es muy grave.
El Poder Judicial del Estado de Oaxaca que debería ser garante en la impartición de justicia y ejemplo de transparencia, profesionalismo y cero corrupciones, parece que sigue fallando al solapar al llamado “juez chocolate” que se ostenta como actuario judicial adscrito al Juzgado Séptimo de lo Familiar y Conclusión de Asuntos del Sexto Civil del Distrito Judicial del Centro, Guillermo Jorge Jarquín Jaramillo.
En información documentada de interés público relacionada con presuntas irregularidades y actos de corrupción, esta persona ha sido denunciada ante el Consejo de la Judicatura del Estado de Oaxaca y ante la fiscalía general de Justicia del Estado, por la probable comisión de diversos ilícitos, entre ellos usurpación de profesión y funciones, cohecho y enriquecimiento ilícito, así como por faltas administrativas graves.
Sin embargo, la presidenta del Tribunal de Justicia del Estado Erika María Rodríguez Rodríguez no ha hecho lo procedente para exigir una investigación seria y puntual del caso y el “juez chocolate” sigue ostentando el cargo.
De acuerdo con denuncias enviadas a este espacio vía correo electrónico, Jarquín Jaramillo actualmente se desempeña —de manera pública y verificable en el portal oficial del Poder Judicial del Estado de Oaxaca— como Actuario Judicial, función que implica ejercicio de fe pública, la práctica de notificaciones y diligencias judiciales, así como la realización de actos procesales que inciden directamente en la esfera jurídica de las personas justiciables.
No obstante, carecería de la legitimación legal necesaria para ejercer dicho cargo, toda vez que no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Oaxaca, así como 72 y 165, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Superior de Justicia del Estado, los cuales establecen de manera expresa la obligación de contar con cédula profesional legalmente expedida para desempeñar funciones de actuario judicial.
A la fecha, no existe registro alguno de cédula profesional a su nombre en el portal oficial de la Secretaría de Educación Pública (www.cedulaprofesional.sep.gob.mx), hecho que constituye información pública verificable mediante consulta directa en dicho sistema.
En consecuencia, se presume que ha ejercido y continúa ejerciendo funciones públicas sin la habilitación legal indispensable, lo que vicia de origen los actos realizados bajo su encargo, quebranta la certeza y seguridad jurídica de los gobernados y pone en riesgo la validez de las actuaciones judiciales en las que ha intervenido.
El otorgamiento de un nombramiento definitivo sin el cumplimiento de los requisitos legales constituye un acto contrario a los principios de legalidad, probidad, ética institucional y buena administración pública, afectando gravemente la legitimidad del Poder Judicial del Estado de Oaxaca y la confianza ciudadana.
Asimismo, el denunciado no acredita haber cumplido con lo dispuesto en el artículo 72, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Superior de Justicia, relativo a la aprobación de un curso de especialización judicial y de un examen de oposición teórico-práctico en sesión pública, circunstancia que no obra en su expediente personal.
Como pruebas documentales públicas, con valor probatorio y fe pública, se cuenta —entre otras— con:
*Oficios del Consejo de la Judicatura que confirman la inexistencia de cédula profesional en su expediente laboral y personal.
*Constancias que acreditan que no ha sido matriculado en la Escuela Judicial.
*Capturas de pantalla de los portales oficiales de la SEP y del Poder Judicial del Estado de Oaxaca.
*Documentación relacionada con el recurso de revisión 168/24 ante el órgano garante de transparencia.
*Constancias ministeriales y administrativas vinculadas con las denuncias presentadas.
Es importante destacar que el título profesional acredita estudios, pero la cédula profesional es el requisito legal indispensable para el ejercicio de la profesión, particularmente tratándose del Derecho y, con mayor razón, cuando se ejerce fe pública judicial.
La falta de registro y expedición de la cédula, tras haber transcurrido nueve años desde la supuesta obtención del grado, permite presumir irregularidades que deben ser investigadas por la autoridad competente.
Adicionalmente, existen indicios de un posible enriquecimiento ilícito, pues se tiene conocimiento de propiedades y departamentos que presuntamente renta y promociona en redes sociales, no acordes con el ingreso de un actuario judicial y no declarados en su manifestación patrimonial, lo que refuerza la necesidad de una investigación integral.
En el portal Primera Línea MX se publicó una denuncia titulada “Turbio desalojo en la colonia Santo Tomás de Oaxaca de Juárez; antecedentes de corrupción pesan sobre ejecutor”, de nuestra colega Nere González disponible en el siguiente enlace:
En esta denuncia fueron afectadas 100 familias de la colonia Santo Tomás en el municipio de Oaxaca de Juárez, el actuario Jarquín Jaramillo falló en favor de la señora Alma Rosa Acevedo García y a pesar de que se presentaron denuncias y quejas en contra del ejecutor por inconsistencias legales y no contar con título ni cédula profesional, presumiendo actos de corrupción, hasta el momento no hay respuestas de las autoridades en Oaxaca.
En el 2022 el Poder Judicial del Estado de Oaxaca le otorgó su base definitiva con un salario base mensual de $16,674.00 y tomó protesta como Abogado 13C y desde el 27 de septiembre de 2023, una denuncia federal en contra del actuario por usurpación de funciones fue remitida a la fiscalía general del Estado a cargo del fiscal Bernardo Rodríguez Alamilla.
El agente del Ministerio Público Federal, Víctor Martínez Cabrera le remitió al fiscal Rodríguez Alamilla la carpeta de investigación FED/OAX/OAX/0001542/2023 que consta de 19 fojas útiles bajo la siguiente relación delictual en contra de Guillermo Jorge Jarquín Jaramillo por la probable comisión del hecho que la ley señala como delito de usurpación de funciones públicas.
Sin embargo, de los resultados de esta carpeta federal de investigación no se saben los resultados, si lo encontraron culpable o si lo exoneraron de las acusaciones, porque apenas el 25 de mayo de 2025 siguió ejerciendo el cargo al ordenar el desalojo de las 10 familias en la colonia Santo Tomás de la capital oaxaqueña.
Ante tales hechos, es muy importante que se realice una investigación seria, imparcial y exhaustiva, en beneficio de la legalidad, la transparencia y la correcta administración de justicia en Oaxaca, no se puede seguir en la tónica de solapar a supuestos profesionales que violan las leyes al usurpar funciones y afectan a la ciudadanía con una mala impartición de justicia.
Tanto la presidenta del Poder Judicial de Oaxaca, Erika Rodríguez Rodríguez como el fiscal Bernardo Rodríguez Alamilla, deben dar una respuesta a estos hechos, porque tienen conocimiento del caso, aunque el empleado sea de base, respetando su derecho laboral, debe ser removido de esas funciones de actuario porque no cuenta con título ni cédula profesional.
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