En una sentencia histórica notificada este martes desde San José, Costa Rica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) declaró al Estado mexicano internacionalmente responsable por graves violaciones a derechos humanos en el caso de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años que falleció tras ser agredida sexualmente el 25 de febrero de 2007 en la comunidad de Tetlalzinga, Sierra de Zongolica, Veracruz.
El tribunal constató que miembros del Ejército mexicano violaron sexualmente a Ascencio Rosario, constituyendo un acto de tortura intencional que causó severos sufrimientos físicos y mentales. Los hechos ocurrieron en un contexto de militarización derivado de la estrategia federal de combate al narcotráfico iniciada en 2006. Tras la agresión, sus familiares la trasladaron durante aproximadamente 10 horas en busca de atención médica, llegando al Hospital Regional de Río Blanco, donde falleció la madrugada del 26 de febrero sin intervención quirúrgica, debido a barreras lingüísticas y falta de intérpretes en náhuatl.
La Corte determinó que México violó los derechos a la vida, integridad personal, salud, garantías judiciales, honra y dignidad, igualdad ante la ley y protección judicial, previstos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como tratados como la Convención de Belém do Pará y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. Además, acreditó obstáculos estructurales para que los hijos de la víctima accedieran a la justicia, derivados de su condición indígena y monolingüe, y una investigación deficiente sin enfoque de género, étnico ni etario.
Durante el proceso, México aceptó parcialmente su responsabilidad por la falta de atención médica oportuna. La sentencia ordena medidas de reparación como una investigación penal exhaustiva para identificar y sancionar a responsables, indemnizaciones por daños materiales e inmateriales, tratamiento médico y psicológico para familiares, un acto público de reconocimiento de responsabilidad, y la creación de un Registro Nacional de Intérpretes en lenguas indígenas para sistemas de salud y justicia.
El caso, emblemático de violencia contra mujeres indígenas en contextos de militarización, resalta fallas sistémicas en la protección de grupos vulnerables. Organizaciones como el Centro Prodh y la CNDH han acompañado a la familia desde 2007, cuando el caso generó controversia nacional por versiones oficiales que minimizaban los hechos.
La Corte dio un año al Estado para reportar avances en el cumplimiento, reforzando obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y no discriminación. Esta resolución se suma a condenas previas contra México en casos similares, urgiendo reformas estructurales para prevenir impunidad en agresiones por agentes estatales.










