* Se establece una legislación coherente para prohibir, regular, prevenir y sancionar el uso de dispositivos electrónicos para fumar y drogas sintéticas
San Raymundo Jalpan, Oax., a 27 de septiembre de 2025.- Con el objetivo de fortalecer la protección de la salud pública y armonizar el marco jurídico local con la reforma a la Constitución Política de México publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 17 de enero de 2025, el Congreso de Oaxaca aprobó la reforma a los párrafos primero y octavo del artículo 12 de la Constitución del Estado en materia de prohibición y sanción de actividades relacionadas con vapeadores, drogas sintéticas y dispositivos electrónicos para fumar.
De esta forma se da cumplimiento con lo establecido en el artículo Cuarto Transitorio del Decreto Federal aprobado, el cual prevé que las legislaturas de las entidades federativas deben realizar las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con lo previsto en un plazo de 365 días.
Al respecto, el diputado presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Benjamín Viveros Montalvo, quien suscribió el Proyecto de Decreto, destacó que con estas modificaciones se cierra un vacío normativo que ponía en riesgo particularmente la vida de las niñas, niños, adolescentes y juventudes.
“Con esta acción, reafirmamos nuestro compromiso con el derecho humano a la salud, estableciendo un marco legal que obliga al Estado a regular, prevenir y sancionar el uso de dispositivos electrónicos, vapeadores y drogas sintéticas, en congruencia con el mandato federal y los estándares internacionales”, sustentó en su iniciativa.
De igual forma, se restringe de manera constitucional el ejercicio de actividades vinculadas con la producción, distribución o comercialización de estas sustancias y dispositivos conforme a lo mandatado por los artículos 4º y 5º de la Carta Magna, debido a su impacto negativo en la salud colectiva, especialmente en menores de 18 años.
El dictamen de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales refiere también, que la regulación de estos dispositivos electrónicos responde a la necesidad de proteger a grupos vulnerables, reducir riesgos sanitarios y fortalecer entornos saludables.
Por lo anterior, los Municipios del estado deberán adecuar sus bandos de policía y buen gobierno, así como sus reglamentos en materia sanitaria en un plazo no mayor a 120 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor de esta reforma que fue aprobada en la Sesión Ordinaria del 23 de septiembre con 32 votos.