El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, con sede en Boca del Río, Veracruz, dejó firme ayer el amparo otorgado a favor de más de 40 indígenas de Eloxochitlán de Flores Magón, sobre los que recaían 200 órdenes de aprehensión libradas en su contra acusados de haber cometido múltiples delitos en 2014.
El Tribunal Colegiado desechó dos recursos de revisión promovidos por los políticos de Morena, Manuel Zepeda Cortés, ex edil de Eloxochitlán, y la diputada local morenista Elisa Zepeda.
Con lo anterior, quedó descartada cualquier acción penal en contra de los indígenas mazatecos.
“La comunidad mazateca de Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca, instalada en plantón indefinido frente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, anuncia que ha quedado firme el amparo obtenido contra 200 órdenes de aprehensión, resolución que protege a más de 40 personas de las órdenes de aprehensión por delitos de incendio y robo, libradas en el año 2025, pero de supuestos hechos del 2014”, indicó la organización Presos Políticos Eloxochitlán.
El colectivo precisó que una de esas revisiones fue presentada por Elisa Zepeda Lagunas, quien, afirmó, “no es parte, víctima ni ofendida en el juicio de amparo relativo a las 200 órdenes”.
Acusó: “Aún así, en un acto que la comunidad mazateca considera autoritario, presentó el escrito asegurando que ella era parte de ese juicio. La otra petición de revisión fue presentada por su padre, pero fuera del plazo legal”.
Piden cancelar órdenes de aprehensión vs exiliados
“El amparo que hoy queda firme no corresponde al mismo expediente que mantiene vigentes las órdenes contra los 14 campesinos que permanecen exiliados; pero forma parte del mismo contexto de criminalización y de los mismos procesos construidos contra personas defensoras del Río Xangá Ndá Ge, el territorio y la autonomía comunitaria que datan del año 2014”, señaló la agrupación.
“Por eso, su firmeza constituye para la comunidad un nuevo mensaje de la justicia federal: las órdenes de aprehensión contra los 14 exiliados no pueden permanecer intocables cuando los datos posteriores y las propias resoluciones judiciales ya las derrumbaron”.
Piden cancelación de órdenes
Asimismo, indicaron que las 14 personas que aún mantienen activas órdenes de aprehensión y cuyos casos han trascendido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) han pedido al fiscal general de Oaxaca, Bernardo Rodríguez Alamilla, solicitar al órgano jurisdiccional correspondiente la cancelación de las órdenes de aprehensión “porque ya no son procedentes”.
Sostuvieron que el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Oaxaca contempla precisamente la posibilidad de solicitar la revocación de una orden de aprehensión no ejecutada cuando, por datos posteriores, ésta deja de ser procedente.
La petición presentada por la comunidad fue acompañada de 15 elementos de prueba, además de la relación de múltiples amparos ganados, autos de libertad y resoluciones judiciales ganadas por otros compañeros y compañeras de los exiliados (algunos de ellos fueron presos y liberados) relacionados con las acusaciones de alto impacto.
Afirmó que no existe sustento ni razón jurídica para mantener vigentes órdenes de aprehensión que fueron emitidas hace más de una década y cuyos presupuestos han sido cuestionados por las propias resoluciones judiciales posteriores.
